Procedimiento monitorio: qué es, cómo funciona y cuándo te conviene contar con un abogado experto en deudas

Procedimiento monitorio: qué es, cómo funciona y cuándo te conviene contar con un abogado experto en deudas

¿Has oído hablar del concepto de procedimiento monitorio y no sabes qué es o para qué sirve? En Lex4you como abogados expertos en reclamaciones de deuda, renegociación y Ley de Segunda Oportunidad te lo explicamos con detalle en este artículo.

¿Qué es el procedimiento monitorio y para qué sirve?

El procedimiento monitorio es una vía judicial rápida y eficaz que permite reclamar deudas dinerarias vencidas, exigibles y acreditadas documentalmente, sin necesidad de iniciar un juicio ordinario. Se regula en los artículos 812 a 818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Este procedimiento está pensado para facilitar a acreedores —ya sean empresas, particulares o incluso fondos buitre— la recuperación de impagos de manera ágil y con menores costes.

Se utiliza habitualmente para reclamar facturas impagadas, alquileres, préstamos personales, tarjetas revolving y otros créditos que consten en documentos firmados o reconocidos.

Requisitos del procedimiento monitorio en España

Para que un acreedor pueda iniciar un procedimiento monitorio, deben cumplirse los siguientes requisitos legales:

  • La deuda debe ser líquida, vencida, exigible y determinada.
  • Debe estar documentada: mediante facturas, contratos, albaranes firmados, extractos de cuenta, etc.
  • Debe tratarse de una relación civil o mercantil.
  • El deudor debe residir en España y tener domicilio conocido.

Este procedimiento no se puede utilizar en casos de relaciones laborales, deudas tributarias o con la Seguridad Social, ni cuando se trata de reclamaciones entre administraciones públicas.

¿Cómo se inicia un procedimiento monitorio?

El procedimiento monitorio se inicia mediante la presentación de una petición inicial ante el juzgado de primera instancia del domicilio del deudor. Esta solicitud no requiere abogado ni procurador si la cuantía es inferior a 2.000 euros, aunque es altamente recomendable contar con asesoramiento legal desde el primer momento.

El acreedor debe aportar los documentos que acrediten la deuda. El juzgado, tras examinar la petición, requerirá de pago al deudor, que dispone de un plazo de 20 días hábiles para actuar.

Fases del procedimiento monitorio: paso a paso

1. Presentación de la solicitud

El acreedor presenta la documentación y solicita el requerimiento de pago.

2. Requerimiento judicial al deudor

El juzgado notifica al deudor, quien puede optar por:

  • Pagar voluntariamente.
  • Oponerse alegando motivos válidos.
  • Guardar silencio, lo que conlleva importantes consecuencias.

3. Actuación del deudor

Si paga:

El procedimiento finaliza y se archiva.

Si se opone:

Se abre un juicio declarativo (verbal u ordinario, según la cuantía) donde ambas partes deben defender sus posiciones.

Si no responde:

El juzgado dicta auto de ejecución, lo que da lugar al embargo de bienes, cuentas bancarias o nóminas del deudor.

¿Qué ocurre si el deudor no contesta al requerimiento?

Este punto es crucial. Si el deudor no responde en el plazo de 20 días hábiles, el procedimiento se convierte automáticamente en título ejecutivo, con los mismos efectos que una sentencia firme.

Esto significa que el acreedor podrá iniciar la ejecución forzosa de la deuda, mediante embargos u otras medidas judiciales, sin necesidad de celebrar un juicio. Esta característica convierte al monitorio en una herramienta muy potente a favor de los acreedores.

¿Pueden los fondos buitre utilizar el procedimiento monitorio?

Sí, los fondos buitre utilizan habitualmente el procedimiento monitorio para reclamar deudas adquiridas a bajo coste, especialmente préstamos impagados, tarjetas revolving o créditos de consumo.

Aunque legalmente pueden hacerlo, no siempre acreditan la deuda de forma adecuada. En muchos casos, presentan documentación incompleta, errónea o sin probar la cesión del crédito, lo que puede dar lugar a la nulidad del procedimiento.

Por eso, si has recibido un requerimiento monitorio de un fondo buitre, no debes ignorarlo. Tienes derecho a oponerte y defenderte, especialmente si ha prescrito la deuda o no se ha notificado correctamente la cesión.

¿Cuándo no conviene iniciar un procedimiento monitorio?

Aunque es un procedimiento eficaz, el monitorio no siempre es la mejor vía. Puede no convenir cuando:

  • La deuda no está suficientemente documentada.
  • Existe controversia sobre su existencia o cuantía.
  • El deudor es insolvente, lo que haría inútil la ejecución posterior.
  • Se quiere mantener una buena relación comercial o personal.
  • La deuda ha prescrito o no es exigible judicialmente.

En estos casos, una reclamación extrajudicial previa o una negociación de pago pueden ser más eficaces.

¿Qué hacer si recibes un procedimiento monitorio?

Si has recibido un requerimiento monitorio, lo más importante es actuar con rapidez. Recuerda que tienes solo 20 días hábiles para responder, y que el silencio se interpreta como aceptación de la deuda.

En muchos casos es posible oponerse con éxito, ya sea por prescripción, por falta de documentación, por defectos de forma o porque la deuda ya ha sido pagada o cancelada.

También es posible utilizar la Ley de Segunda Oportunidad para cancelar judicialmente este tipo de deudas, especialmente si se trata de créditos al consumo o de origen bancario.

Nuestra recomendación: acudir a un abogado experto en reclamación y cancelación de deudas

El procedimiento monitorio puede parecer sencillo, pero sus efectos pueden ser devastadores si no se responde a tiempo o de forma adecuada. Además, la proliferación de reclamaciones por parte de fondos buitre y entidades de recobro hace aún más necesario contar con asesoramiento legal especializado.

Si has recibido un requerimiento judicial, o si eres acreedor y quieres reclamar una deuda de forma eficaz, consultar con un abogado experto en derecho de consumo y reclamaciones de deuda es la mejor decisión.

¿Necesitas ayuda con un procedimiento monitorio o con una deuda reclamada por un fondo buitre?

Contáctanos hoy mismo. Estudiaremos tu caso sin compromiso y te ayudaremos a defender tus derechos con todas las garantías legales.

Isidro Gordillo 1

Publicado por Isidro Gordillo

"Aunque pueda ser también abogado, prefiero solucionar conflictos por otras vías, salvo que me obliguen"

Director del proyecto Lex4You

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